PÓLIZA PARA INDUSTRIA Y COMERCIO
INFOMACION GENERAL
SEGURO DE BIENES
INTERÉS ASEGURABLE
Sobre todos aquellos bienes inherentes a la empresa o firma amparada, propiedad del Asegurado o por las
cuales sea legalmente responsable, que se encuentren dentro del predio asegurado, o en tránsito según la
cobertura, hasta por los límites señalados para cada renglón en la Póliza, sujetos al pago de la prima
correspondiente y de acuerdo a las siguientes especificaciones:
Edificios (con exclusión del terreno y de los cimientos), estructuras, adiciones e instalaciones
correspondientes al inmueble donde opera el negocio.
Mobiliario:
Mobiliario, enseres y útiles.
Mercancías:
Existencia de mercancías incluyendo materias primas, productos elaborados
elaboración.
Maquinaria Fija:
Maquinarias e instalaciones propias, equipos industriales y otros equipos similares
y características no son de fácil movilidad, se requiere para ello de equipos especiales
grúas, montacargas, etc.
Maquinaria Móvil:
Repuestos, Accesorios, Herramientas y Maquinarias que por su peso y características
movilidad sin tener que recurrir a equipos especiales empleados para levantar pesos.
Equipos Electrónicos:
Equipos de Computación y otros similares, debidamente especificados.
Pérdidas Indirectas:
Sobre los bienes asegurados en los apartes Mobiliario, Mercancías, Maquinaria
Maquinaria Móvil y Equipos Electrónicos.
Gastos Extraordinarios:
Los gastos extraordinarios en que a consecuencia de un siniestro debidamente
póliza, tenga que incurrir el Asegurado
Mercancía en Tránsito:
Mercancía durante su traslado hacia los clientes, bajo custodia del Asegurado.
Dinero en Local:
Dinero en efectivo, cheques y documentos negociables, dentro del local asegurado.
Dinero en Tránsito:
Dinero en efectivo, cheques y documentos negociables durante su transporte. El cobro y transporte
debe efectuarse por personas debidamente autorizadas por el Asegurado.
Vidrios:
Vidrios y espejos que formen parte del local asegurado.
Anuncios:
Avisos luminosos y carteles, adjuntos al local asegurado.
ALCANCE DE LA COBERTURA
Los bienes comprendidos dentro de los apartes Edificaciones, Mobiliario, Mercancías,
Maquinaria Fija,. Maquinaria Móvil y Equipos Electrónicos, quedan cubiertos contra los
siguientes riesgos:
- Incendio.
- Rayo.
- Explosión.
- Caída de Aeronaves u objetos desprendidos de éstas.
- El agua u otros Agentes de Extinción utilizados para apagar un incendio, en los predios
ocupados por el Asegurado o en predios adyacentes.
- Humo.
- Huracán, Ventarrón, Tempestad.
- Impacto de vehículos.
- Daños por agua.
La cobertura de Pérdidas Indirectas ampara una disminución del negocio hasta por el:%
de la indemnización que corresponda según la Póliza con motivo de algún siniestro a
consecuencia de los riesgos mencionados en el aparte o de Motín, Disturbios Laborales y
Daños Maliciosos, Inundación y Terremoto o Temblor de Tierra cuando se contraten opcionalmente.
Los Gastos Extraordinarios comprobables
La cobertura de Pérdidas Indirectas ampara una disminución del negocio hasta por el
% de la indemnización que corresponda según la Póliza con motivo de algún siniestro a
consecuencia de los riesgos mencionados en el aparte 2.1, o de Motín, Disturbios Laborales y
Daños Maliciosos, Inundación y Terremoto o Temblor de Tierra cuando se contraten opcionalmente.Los Gastos Extraordinarios comprobables en que incurra el Asegurado durante el primer mes desde
la fecha de ocurrencia de un siniestro a consecuencia de los riesgos mencionados.
o, cuando se contraten opcionalmente:Motín, Disturbios Laborables y Daños Maliciosos,
Inundación y Terremoto o Temblor de Tierra, hasta la suma de Bolívares (Bs.
Los bienes comprendidos a Mobiliario, Mercancías, Equipos
Electrónicos y cuando se contrate opcionalmente: Maquinaria Fija yMaquinaria Móvil quedan
cubiertos contra:
- Robo
- Daños al interés asegurado como consecuencia de Robo, o su tentativa.
ADICICIONAL CON PAGO DE LA PRIMA::
Los bienes comprendidos a Mercancía en Tránsito quedan cubiertos, dentro de la ciudad donde opere el negocio y sus zonas adyacentes, contra:
- Robo.
- Asalto y Atraco.
- Choque, Vuelco y Colisión.
- Incendio
Los bienes comprendidos a Dinero en Local, quedan cubiertos contra:
- Robo.
- Asalto y Atraco.
Adicionalmente se cubren los daños causados a la caja fuerte hasta la suma de Bolívares
(Bs.
Los bienes comprendidos a Dinero en Tránsito, quedan cubiertos contra:
Pérdida del dinero durante su transporte, bajo custodia del Asegurado, sus empleados o
mensajeros autorizados, dentro de los límites territoriales indicados en la Póliza, como
consecuencia directa de Asalto o Atraco, así como por accidentes que incapaciten al portador para ejercer la debida custodia del mismo.
Los bienes comprendidos como Vidrios y Anuncios, quedan cubiertos contra la
pérdida o daños físicos originados por causas accidentales externas.
Pagos Adicionales:
En caso de un siniestro cubierto por la presente póliza y dentro de los límites de responsabilidad
establecidos en la misma en las Condiciones Particulares, serán por
cuenta de la Compañía los gastos ocasionados por:
- El Asegurado para extinguir un incendio, excluyendo la colaboración personal prestada por éste
o sus empleados.
- La destrucción o daños por orden de la autoridad pública para detener la propagación de los
daños causados por cualquier riesgo asegurado.
- La demolición, remoción y limpieza de escombros de los bienes.
- Los honorarios de arquitectos, topógrafos e ingenieros para presupuestos, planos,
especificaciones y propuestas necesarias para la reparación o reconstrucción de los bienes
asegurados.
- Concepto de Personal y Papelería para la reconstrucción de documentos, planos, dibujos,
registros y libros de negocios asegurados hasta donde fuera necesario para el funcionamiento del
negocio, y que se causen dentro de los seis meses siguientes a la fecha del siniestro.
- Los daños causados a la edificación hasta la suma de cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,00) a
consecuencia directa de Robo, Asalto o Atraco, o
COBERTURAS OPCIONALES
El Asegurado y la Compañía y en consideración al pago de la prima adicional
correspondiente, esta Póliza se podrá extender a cubrir:
a) Asalto y Atraco, como complemento a las coberturas especificadas y hasta el límite indicado en la póliza.
b) Motín, Disturbios Laborales y Daños Maliciosos.
c) Terremoto o Temblor de Tierra.
d) Inundación.
e) Pérdidas Indirectas: como ampliación al límite amparado bajo la cobertura básica
y hasta por el límite indicado en la póliza.
f) Mercancías Refrigeradas.
g) Daños Internos a Maquinarias y Equipos Electrónicos.
h) Responsabilidad Civil.
No hay comentarios:
Publicar un comentario