viernes, 9 de marzo de 2012

PÓLIZA PARA INDUSTRIA Y COMERCIO


   
PÓLIZA  PARA INDUSTRIA Y COMERCIO
INFOMACION GENERAL

SEGURO DE BIENES
INTERÉS ASEGURABLE
Sobre todos aquellos bienes inherentes a la empresa o firma amparada, propiedad del Asegurado o por las
cuales sea legalmente responsable, que se encuentren dentro del predio asegurado, o en tránsito según la
cobertura, hasta por los límites señalados para cada renglón en la Póliza, sujetos al pago de la prima
correspondiente y de acuerdo a las siguientes especificaciones:

Edificios (con exclusión del terreno y de los cimientos), estructuras, adiciones e instalaciones
correspondientes al inmueble donde opera el negocio.
 Mobiliario:
Mobiliario, enseres y útiles.
 Mercancías:
Existencia de mercancías incluyendo materias primas, productos elaborados
elaboración.
 Maquinaria Fija:
Maquinarias e instalaciones propias, equipos industriales y otros equipos similares
y características no son de fácil movilidad, se requiere para ello de equipos especiales
grúas, montacargas, etc.
 Maquinaria Móvil:
Repuestos, Accesorios, Herramientas y Maquinarias que por su peso y características
movilidad sin tener que recurrir a equipos especiales empleados para levantar pesos.
 Equipos Electrónicos:
Equipos de Computación y otros similares, debidamente especificados.
 Pérdidas Indirectas:
Sobre los bienes asegurados en los apartes  Mobiliario, Mercancías, Maquinaria
Maquinaria Móvil y  Equipos Electrónicos.
 Gastos Extraordinarios:
Los gastos extraordinarios en que a consecuencia de un siniestro debidamente
póliza, tenga que incurrir el Asegurado
 Mercancía en Tránsito:
Mercancía durante su traslado hacia los clientes, bajo custodia del Asegurado.
 Dinero en Local:
Dinero en efectivo, cheques y documentos negociables, dentro del local asegurado.
 Dinero en Tránsito:
Dinero en efectivo, cheques y documentos negociables durante su transporte. El cobro y transporte
debe efectuarse por personas debidamente autorizadas por el Asegurado.
 Vidrios:
Vidrios y espejos que formen parte del local asegurado.
 Anuncios:
Avisos luminosos y carteles, adjuntos al local asegurado.
ALCANCE DE LA COBERTURA
 Los bienes comprendidos dentro de los apartes Edificaciones, Mobiliario, Mercancías,
 Maquinaria Fija,. Maquinaria Móvil y Equipos Electrónicos, quedan cubiertos contra los
siguientes riesgos:
- Incendio.
- Rayo.
- Explosión.
- Caída de Aeronaves u objetos desprendidos de éstas.
- El agua u otros Agentes de Extinción utilizados para apagar un incendio, en los predios
ocupados por el Asegurado o en predios adyacentes.
- Humo.
- Huracán, Ventarrón, Tempestad.
- Impacto de vehículos.
- Daños por agua.
 La cobertura de Pérdidas Indirectas ampara una disminución del negocio hasta por el:%
 de la indemnización que corresponda según la Póliza con motivo de algún siniestro a
consecuencia de los riesgos mencionados en el aparte o de Motín, Disturbios Laborales y
Daños Maliciosos, Inundación y Terremoto o Temblor de Tierra cuando se contraten opcionalmente.
Los Gastos Extraordinarios comprobables
 La cobertura de Pérdidas Indirectas ampara una disminución del negocio hasta por el
% de la indemnización que corresponda según la Póliza con motivo de algún siniestro a
consecuencia de los riesgos mencionados en el aparte 2.1, o de Motín, Disturbios Laborales y
Daños Maliciosos, Inundación y Terremoto o Temblor de Tierra cuando se contraten opcionalmente.Los Gastos Extraordinarios comprobables en que incurra el Asegurado durante el primer mes desde
la fecha de ocurrencia de un siniestro a consecuencia de los riesgos mencionados.
o, cuando se contraten opcionalmente:Motín, Disturbios Laborables y Daños Maliciosos,
Inundación y Terremoto o Temblor de Tierra, hasta la suma de  Bolívares (Bs.

Los bienes comprendidos a  Mobiliario, Mercancías, Equipos
Electrónicos y cuando se contrate opcionalmente: Maquinaria Fija yMaquinaria Móvil quedan
cubiertos contra:
- Robo
- Daños al interés asegurado como consecuencia de Robo, o su tentativa.
ADICICIONAL CON  PAGO DE LA PRIMA::
Los bienes comprendidos a Mercancía en Tránsito quedan cubiertos, dentro de la ciudad donde opere el negocio y sus zonas adyacentes, contra:
- Robo.
- Asalto y Atraco.
- Choque, Vuelco y Colisión.
- Incendio
 Los bienes comprendidos a   Dinero en Local, quedan cubiertos contra:
- Robo.
- Asalto y Atraco.
Adicionalmente se cubren los daños causados a la caja fuerte hasta la suma de Bolívares
(Bs.
 Los bienes comprendidos a Dinero en Tránsito, quedan cubiertos contra:
Pérdida del dinero durante su transporte, bajo custodia del Asegurado, sus empleados o
mensajeros autorizados, dentro de los límites territoriales indicados en la Póliza, como
consecuencia directa de Asalto o Atraco, así como por accidentes que incapaciten al portador para ejercer la debida custodia del mismo.
 Los bienes comprendidos como Vidrios y  Anuncios, quedan cubiertos contra la
pérdida o daños físicos originados por causas accidentales externas.
 Pagos Adicionales:
En caso de un siniestro cubierto por la presente póliza y dentro de los límites de responsabilidad
establecidos en la misma en las Condiciones Particulares, serán por
cuenta de la Compañía los gastos ocasionados por:
- El Asegurado para extinguir un incendio, excluyendo la colaboración personal prestada por éste
o sus empleados.
- La destrucción o daños por orden de la autoridad pública para detener la propagación de los
daños causados por cualquier riesgo asegurado.
- La demolición, remoción y limpieza de escombros de los bienes.
- Los honorarios de arquitectos, topógrafos e ingenieros para presupuestos, planos,
especificaciones y propuestas necesarias para la reparación o reconstrucción de los bienes
asegurados.
- Concepto de Personal y Papelería para la reconstrucción de documentos, planos, dibujos,
registros y libros de negocios asegurados hasta donde fuera necesario para el funcionamiento del
negocio, y que se causen dentro de los seis meses siguientes a la fecha del siniestro.
- Los daños causados a la edificación hasta la suma de cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,00) a
consecuencia directa de Robo, Asalto o Atraco, o
 COBERTURAS OPCIONALES
 El Asegurado y la Compañía y en consideración al pago de la prima adicional
correspondiente, esta Póliza se podrá extender a cubrir:
a) Asalto y Atraco, como complemento a las coberturas especificadas  y hasta el límite indicado en la póliza.
b) Motín, Disturbios Laborales y Daños Maliciosos.
c) Terremoto o Temblor de Tierra.
d) Inundación.
e) Pérdidas Indirectas: como ampliación al límite amparado bajo la cobertura básica
y hasta por el límite indicado en la póliza.
f) Mercancías Refrigeradas.
g) Daños Internos a Maquinarias y Equipos Electrónicos.
h) Responsabilidad Civil.
                                                             
                                                                                                                                                      
                                                                              
                                                                                                     
                                                              








                                                                      

PANAMA :QUIERE SER CENTRO DE REASEGUROS






Panamá aspira a retomar el liderazgo como centro de reaseguros regional, por lo cual estará impulsando una iniciativa para atraer las empresas de este nicho.El país cuenta actualmente con siete empresas de reaseguros registradas, de las cuales seis tiene licencia general (una está en trámite) y una licencia internacional. Sin embargo, en los 1980 existían al menos 22.Esa caída al parecer se debió a la situación económica de aquellos años y la invasión militar estadounidense registrada en diciembre de 1989, pero ahora el escenario es muy distinto y por ello el regulador está trabajando en la creación de una plataforma para convertir a este país en un Centro Internacional de Reaseguros, confirmó el superintendente de Seguros y Reaseguros, Luis Della Togna.Explicó que ya existe una comisión trabajando en la revisión del proyecto de ley para lograr este objetivo y lo que tratarán es de emular la Ley que favorece el establecimiento en el país de Sedes de Empresas Multilaterales (SEM) y ofrecer algunos incentivos para atraer a las reaseguradoras. La intensión es que las empresas reaseguradoras que operen en Panamá puedan brindar servicios a la región teniendo su plataforma en nuestro país.Aunque no está aún definido su contenido, Della Togna, habló de incentivos fiscales y migratorios, por ejemplo.Aún en el regulador no tiene una fecha definida cuando se presentará el proyecto pero confirmó que espera que sea mucho más rápido que la presentación de la ley del negocio de SegurosAdelantó que se tiene conversaciones adelantadas con varias empresas incluyendo Lloyd quienes han confirmado el interés de venir a Panamá.Gerardo García, gerente de Barents Re Reinsurance Company, una de las reaseguradoras establecidas en Panamá señaló que el país tiene el potencial para ser un centro de reaseguros regional por distintas razones, entre estas un Centro financiero desarrollado, una legislación específica para empresas de reaseguro y facilidades logísticas y de transporte, además del sistema fiscal territorialSin embargo, advirtió que para que esta iniciativa tenga éxito también se necesita que los reaseguradores establecidos en Panamá puedan operar en los mercados regionales, específicamente en países como Venezuela, Brasil y Argentina, países que discriminan a las sociedades anónimas panameñas y las empresas de reaseguro establecidas en Panamá, porque mantienen al país en lista de "paraísos fiscales", y en el caso de Brasil por tener un sistema fiscal territorial y por la existencia en el país de acciones al portador."Lo que el país necesita hacer para poder ser un centro de reaseguro es defender de forma apropiada su sistema de servicios que representa el 80% de la economía, en especial cuando empresas en especial de Brasil y Argentina operan en Panamá sin problema alguno, y peor ganan licitaciones en obras del Estado panameño, sin que nosotros pidamos trato equitativo", indicó García.El gerente de Alico, Mauricio Ruiz, considera que reestablecer un Centro de Reaseguros en Panamá es una aspiración muy válida de la Superintendencia como ente regulador y también de las empresas aseguradoras, ya que esto agiliza las operaciones de cesión y aceptación de reaseguros por los excesos de coberturas suscritas. Además se promociona y amplían las relaciones de reaseguros con la región, principalmente desde Centroamérica y el Caribe, obteniendo incrementos de primas y contribuyendo más activamente en el desarrollo económico del país.Dimo Mon, gerente de Mapfre Panamá, señaló que ideas tan "audaces" como ésta, que contribuyen a la generación de nuevos ingresos para el país a futuro, son parte de estos pilares alternos que el Gobierno debe seguir desarrollando para garantizar la sostenibilidad del país con la misma salud financiera que ahora."La mejor referencia es el Centro Financiero Internacional y su excelente desempeño, igualmente la Ley 41 de 2004 y la Ley 41 de 2007 que ha permitido atraer al país inversiones extranjeras y que más de 180 empresas instalen sus centro de negocios regionales en Panamá y adicionalmente al Zona Libre de Colón en el ámbito comercial" acotó Mon.Igualmente destacó que la posibilidad de convertir a Panamá es un Centro Internacional de Reaseguros abre una gran ventana de oportunidades para el país y permitirá consolidar una plataforma local que repercutirá en un mejor servicio al cliente, incrementará la exportación de servicios de seguro y reaseguro en los mercados internacionales y atraerá nuevas inversiones que contribuirán a seguir fortaleciendo la industria y traducir este fortalecimiento a una escala regional."Panamá cuenta con todas las capacidades para asumir este reto y como representante de Mapfre Panamá, reitero nuestro compromiso por seguir contribuyendo al progreso y desarrollo del país" puntualizó.Las últimas cifras disponibles del negocio de reaseguros en Panamá datan del 2007 y señalan que tres empresas hacían un activo total de $118,5 millones, mientras que mantenían un patrimonio y pasivo de $156,5 millones.Para ese mismo periodo los resultados técnicos indican que las utilidades de las empresas de reaseguro sumaban $12,3 millones.
 Publicado por Capital Financiero  el Jueves, 08 de Marzo del 2012PANAMÁ: Panamá quiere ser centro de reaseguros
                                                                               
                                                                        



                                                

VENEZUELA SEGUROS SOLIDARIOS



Aprovechar las pólizas de los seguros solidarios VENEZUELA
Los seguros solidarios fueron creados mediante la Ley de la Actividad Aseguradora en agosto del año 2010, pero será el próximo 20 de marzo cuando las compañías empiecen a comercializar el conjunto de 6.000 pólizas que saldrá al mercado especialmente para los jubilados, pensionados, discapacitados y venezolanos con ingresos mensuales menores a los 2.250 bolívares.
Estas pólizas de salud, accidentes personales y servicios funerarios son reducidas, pero aun así son una oportunidad para que las familias de la clase media puedan ampliar en algunos miles de bolívares la cobertura que les dan a los padres o a los abuelos. La cláusula 12 de las normas publicadas en Gaceta Oficial el 21 de septiembre de 2011 establece que los asegurados pueden ampararse en varias pólizas. Lo único es que al momento de pedir las indemnizaciones deberán especificar el orden de pago de cada seguro, empezando con la cobertura más baja.
La póliza de salud solidaria ofrece una cobertura de 30.000 bolívares por el pago de una prima anual de 2.889 bolívares para personas menores de 65 años de edad. Para quienes tienen entre 81 y 85 años, el pago anual alcanza 5.778 bolívares. Dentro de las condiciones se indica que el pago de la prima puede ser mensual, trimestral o semestral, sin sumar ninguna clase de interés. Sin embargo, el beneficio más interesante de esta póliza es que establece un plazo de sólo de 11 meses para intervenciones quirúrgicas asociadas a enfermedades preexistentes.
En la cláusula 2 se especifica que los ultrasonidos, las radioterapias y las quimioterapias obligatorias por el desarrollo de una enfermedad o producto de una hospitalización están dentro de los gastos cubiertos. Igualmente se amparan la instalación de marcapasos cardíacos o de prótesis de cadera, el alquiler de equipos ortopédicos o sillas de ruedas, así como el reintegro de la compra de medicinas recetadas para la enfermedad que causa el reclamo ante el seguro.
La póliza de servicios funerarios ofrece una cobertura de 23.684,40 bolívares por el pago de una prima de 53,10 bolívares. Entre las ventajas de la cobertura está el reintegro en efectivo de la diferencia que quede entre el costo del funeral y el monto de la cobertura.


FUENTE: Entorno Inteligente http://www.entornointeligente.com/


                                         e-mail: fhhernandez@cantv.net

SEGUROS SOLIDARIOS AVISO PÚBLICO A LAS EMPRESAS DE SEGUROS




AVISO PÚBLICO
SEGUROS SOLIDARIOS
Se notifica que a partir del 19 de marzo de 2012 entra en vigencia la primera etapa del Sistema del Seguro Solidario (Pólizas de Salud, Accidentes Personales y Funerario; Número Mínimo de Pólizas de Seguros asignadas a las Empresas de Seguros y el Registro Único de Seguro Solidario), normativa publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.762 de fecha 21 de Septiembre de 2011; esta Superintendencia de la Actividad Aseguradora convoca a las empresas de seguros obligadas a la comercialización de los Seguros Solidarios, en la persona del responsable del Área de Informática, a una reunión que se celebrará el día miércoles 18 de enero de 2012, a las 9:00 a.m., en la Planta Libre de este organismo de supervisión, con la finalidad de dar a conocer el funcionamiento del Registro Único de Seguros Solidarios.
JOSÉ LUIS PÉREZ
Superintendente de la Actividad Aseguradora
Resolución No. 2.593 de fecha 3 de febrero de 2010
G.O.R.B.V. No. 39.360 de fecha 3 de febrero de 2010
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.762 de fecha 21 de Septiembre de 2011:
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=gmail&attid=0.3&thid=135e91b1a84dd20c&mt=application/pdf&url=https://mail.google.com/mail/?ui%3D2%26ik%3D2716e49b8b%26view%3Datt%26th%3D135e91b1a84dd20c%26attid%3D0.3%26disp%3Dsafe%26realattid%3D8176a2aa732bb812_0.3%26zw&sig=AHIEtbTe6nsErh5mCNYPhczHcWd2b6Gixw&pli=1